
El Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo de Granada y Diputado Delegado de Turismo, D. José Enrique Medina Ramírez, ha tenido a bien dictar resolución número 106 de 28 de julio de 2021, del tenor literal siguiente: “Visto el escrito de incoación del Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo de Granada de 27 de julio de 2021, acompañado de las Bases que han de regir la concesión de los Premios Turismo de la Provincia de Granada 2021. Visto el informe jurídico de 26 de julio de 2021, emitido por la Técnico de Planificación y Desarrollo. uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 apartado A de los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo de Granada, publicados en el BOP núm. 233 de 3 de diciembre de 2004, (modificados BOP núm. 213 de 5 de noviembre de 2015) y en virtud de la resolución de delegación de competencias de Presidencia número 146 de 11 de julio de 2019, tengo a bien RESOLVER:
PRIMERO: Aprobar las Bases de los Premios de Turismo de la Provincia de Granada 2021, que son del tenor literal siguiente:
“PRIMERA: El Patronato otorga anualmente cuatro premios:
CATEGORÍA A: A aquella persona, empresa o institución que se haya distinguido por la divulgación o promoción a nivel nacional o internacional de la imagen y buen nombre de la provincia de Granada como destino turístico.
CATEGORÍA B: A aquella persona, empresa o institución que haya promovido la creación y venta de un producto turístico comercial, novedoso, atractivo y exitoso de la provincia de Granada.
CATEGORÍA C: A aquella persona, empresa o institución que atesore una dilatada trayectoria profesional o empresarial prestigiosa, dedicada a ampliar y mejorar la oferta turística de la provincia de Granada.
CATEGORÍA D: A aquella entidad local (ayuntamiento, mancomunidad de municipios y entidad local autónoma) que haya trabajado para lograr poner en valor un recurso – cultural, natural o etnográfico- transformándolo en un producto turístico atractivo y generador de riqueza para el territorio y su población. Podrán ser candidatos las personas físicas o jurídicas. Los premios tienen carácter honorífico y consisten en la entrega de objetos simbólicos y no conllevan aportación económica por parte del Patronato.
SEGUNDA: Las candidaturas de los premios podrán ser presentadas por personas físicas o jurídicas. Las personas titulares o suplentes del Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo de Granada pueden proponer candidatos a los premios. Así mismo, no se admitirán candidaturas presentadas por los mismos candidatos a los premios.
TERCERA: Una misma candidatura no puede ser propuesta para dos o más modalidades. El proponente presentará un sobre cerrado donde se incluirá el anexo I y II debidamente cumplimentados (se adjuntan los modelos en el B.O.P. número 147 del martes 3 de agosto de 2021).
El proponente habrá de argumentar y acreditar la idoneidad de la propuesta para la modalidad a la que aspira. El anexo II tendrá una extensión máxima de dos folios escritos por una sola cara, pudiéndose aportar documentación complementaria si se estima necesario. Los sobres se rotularán únicamente con el nombre del proponente y la modalidad. La apertura de los sobres será en acto público en la sede del Patronato de Turismo. Posteriormente, se enviarán las proposiciones de los premios a los miembros del Consejo Rector con un mínimo de dos días hábiles a la celebración de dicho Consejo, órgano competente para su otorgamiento, mediante correo electrónico.
CUARTA: La convocatoria de los premios se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
QUINTA: El plazo de presentación de candidaturas será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. El lugar de presentación será únicamente en la sede del Patronato Provincial de Turismo, Edificio de Niñas Nobles, C/ Cárcel Baja, núm. 3 (segunda planta), 18001 Granada.
SEXTA: El Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo de Granada, otorgará los “Premios Turismo de la Provincia de Granada”.
SÉPTIMA: Se podrá conceder una o más menciones especiales si se estima oportuno.
OCTAVA: Se podrá conceder un premio “extraordinario”. (Se adjuntan los anexos a la presente resolución)
SEGUNDO: Convocar los Premios de Turismo de la Provincia de Granada, edición año 2021, así como su publicación en los términos de la base cuarta de las bases.
TERCERO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, ante el Presidente del organismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Se adjuntan los anexos I y II en el B.O.P. número 147. Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Granada, 28 de julio de 2021.
-El Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo de Granada, fdo.: José Enrique Medina Ramírez
B.O.P. número 147 (páginas 2 – 7). Granada, martes 3 de agosto de 2021.